martes, 7 de marzo de 2017

La Acción Sindical Global: compleja y difícil, pero posible. Y muy necesaria

A raíz de mi  Despedida a medias la publicación Estudios y Cultura de la Fundación 1º de Mayo de CCOO me pidió un artículo sobre la Acción Sindical Internacional. 

Éstas son las notas que he mandado:


El triunfo de Trump, el Brexit, la xenofobia frente a refugiados y migraciones, los y las Le Pen en Francia y otros países, deberían servir para hacer más consciente una exigencia al sindicalismo que considero ya antigua: la de entender la progresiva incidencia de la problemática supranacional en el devenir de cada país y en sus condiciones de vida y de trabajo, y, por ello, la necesidad de incorporar a la acción sindical diaria su componente transnacional, global. Al finalizar mi etapa de activa y sindicalmente organizada intervención en la acción sindical internacional, se me ha sugerido, y me parece de interés, aportar algunas consideraciones derivadas de mi experiencia al respecto, es decir desde los inicios de este Siglo XXI. 

Llevábamos años de secretarías de “política internacional” en las estructuras sindicales, con una regular práctica de asistencia a congresos y relaciones bilaterales, un poco como “ministerios de asuntos exteriores”, actividad necesaria pero insuficiente. Y fue en estos años de finales e inicios de siglo que en FITEQA y en la Confederación empezamos a denominar tales secretarías como de “Acción Sindical Internacional”.

Considerábamos que la globalización tiene una directa incidencia en las condiciones de trabajo de cada rincón del planeta, lo que por otra parte parece ser asumido de forma generalizada, sobre todo para señalar los evidentes problemas que nos plantea. Pero menos generalizada está la comprensión (y a partir de ella la asunción) de que la acción sindical de este mismo rincón debe tener una clara componente global, supranacional. Asumiéndolo, pretendíamos que lo de “acción sindical” no constituyera solamente una nueva denominación y  que esta “acción sindical internacional” no fuera solamente un cometido de las personas responsables de esas secretarías.

Una pregunta se impone: ¿cómo hacer acción sindical “internacional”, “global”, desde un centro de trabajo de cualquier rincón de nuestro país? ¿cómo incidir en las condiciones de trabajo de otras personas que trabajan a miles y miles de kilómetros? E incluso: ¿por qué tenemos que hacerlo?, ¿ganamos algo con ello? Preguntas que necesitan respuesta. Y alguna creo que nuestra experiencia aporta.

En estos años hemos ciertamente comprobado la dificultad por integrar en la acción sindical diaria la defensa del trabajo decente en el mundo; para desarrollar en el 7 de octubre (nada menos que la “jornada de acción sindical mundial por el trabajo decente”) una efectiva movilización en y desde los centros de trabajo, partiendo de la comprensión de cuánto interesa a los trabajadores del Norte el avance de derechos en el Sur, y proyectar al ámbito mundial lo que sí se entiende ya en la empresa, e incluso en el país, como es la necesidad que tiene la vanguardia de no quedar aislada. Y, por ello, la necesidad que tenemos todos de que la globalización económica suponga la globalización de los derechos. Una cuestión en la que conviene profundizar cuando empieza a aparecer una antiglobalización reaccionaria a la que me refería al inicio de estas notas.

A la vez que el progresivo conocimiento de los problemas de las trabajadoras y los trabajadores del mundo, de las importantes violaciones de los derechos básicos del trabajo, se ha producido la irrupción en la literatura y en las preocupaciones sociales de lo que se denominó “Responsabilidad Social de las empresas”, derivado esencialmente de la acción de algunas ONGs, con una confusa y contradictoria incidencia desde el sindicalismo, sobre todo en una primera etapa. Estábamos más preocupados por denunciar su evidente componente de marketing empresarial, incluso los intentos de llevar al espacio de su acción unilateral materias que lo eran de la negociación colectiva, que de intervenir en la necesaria batalla por el “trabajo decente” en el mundo. Una legítima preocupación y desconfianza sindical que ocultaban la incomprensión de hasta qué punto interesaba a la clase obrera del Norte la solidaridad con las trabajadoras y trabajadores del Sur, con la clase trabajadora de los países emergentes hasta los que se extendían las cadenas de producción y la subcontratación (sucesivas subcontrataciones que llegan hasta el trabajo a domicilio y la economía informal) de las multinacionales cuyas cabeceras se sitúan en su inmensa mayoría en el Norte geográfico y social. Para no quedar aislados, para reequilibrar el mundo, por solidaridad.

Si siempre es necesaria la acción sindical estimulando, y acompañando, la intervención de instancias jurisdiccionales y la creación de normas por parte del poder legislativo, más lo ha de ser ante la actual inexistencia de un ordenamiento jurídico internacional eficaz. Instancias internacionales que deberían resultar eficaces ante la progresiva globalización, ante lo que supone que las empresas multinacionales integren en sus cadenas de valor a aproximadamente la mitad de la clase trabajadora mundial según estimaciones de la CSI.

Como respuesta a tales preocupaciones, desde FITEQA-CCOO inicialmente, desde CCOO-Industria después, nos orientamos a intervenir sindicalmente en la política y práctica de la Responsabilidad Social empresarial (RSE o RSC). Algo habíamos hecho ya antes en relación con cuestiones medioambientales, incorporando además algunos aspectos del “Responsible Care” al Convenio General de la Industria Química, y entendimos como prioritaria la acción en la industria del textil-confección en la que era más intenso el proceso de internacionalización productiva, más complejas las cadenas de subcontratación y más acusado el deterioro de las condiciones de trabajo. Como primera estrategia sindical nos planteamos que los compromisos empresariales de Responsabilidad Social, aunque todos unilaterales en aquel momento, eran socialmente exigibles, y nos dirigimos a todas las grandes marcas españolas de la industria del vestido, prioritariamente a Inditex como primera española y primera mundial.

Desde 2002 hasta 2007 abordamos diversos problemas que surgieron en la aplicación del unilateral Código de Conducta de Inditex en su cadena de producción, concretamente en Marruecos, Bangladesh, Portugal, Turquía, Camboya, Perú y China, con algunos casos emblemáticos, como fueron los de las fábricas de Topy Top (Perú) y River Rich (Camboya) en defensa de la libertad sindical, y el de Spectrum (Bangladesh) en defensa de la seguridad y la vida en el trabajo y la indemnización a las víctimas de las catástrofes industriales. En octubre de 2007 firmamos el Acuerdo Marco Internacional con Inditex, el primero en la industria mundial del vestido, estableciendo ya derechos de intervención sindical en la aplicación de la política empresarial de RSC.

Seguimos trabajando en el que fue durante años el único Acuerdo Marco en esta industria y que se ha convertido en referencia global, sindical y también empresarial, para esta cuestión. Extendimos la intervención sindical, nuestra en nombre de la internacional y de los sindicatos locales, a otros países además de los anteriormente citados, concretamente a Argentina, Brasil, Túnez, India y Vietnam, con visita a fábricas, reuniones con trabajadores y sindicatos, con empresarios y organizaciones patronales y con ONGs que operaban en tales países. Con programas de formación sindical que incorporaban un sistema de elección en las fábricas de quienes acudirían al mismo. Establecimos una relación regular de trabajo en los principales países de la cadena entre los sindicatos locales y la delegación de Inditex en el mismo, para pasar de la espera de problemas y denunciarlos instando su solución, a una intervención permanente orientada a evitarlos, a asumir una concreta corresponsabilidad sindical en la aplicación y seguimiento de las normas fundamentales del trabajo en la cadena de producción de Inditex. La acción en estos países la plasmamos en informes de “aproximación sindical” a tal realidad y experiencia. Todo ello para renovar en 2014 el Acuerdo Marco que hemos ya denominado “Global”.

El texto firmado en 2014 incorpora diversos protocolos que fuimos firmando desde 2007 para concretar derechos cuya necesidad resultaba del propio trabajo sindical, como el conocimiento detallado de las fábricas que integran la cadena de suministro en el mundo y el derecho de acceso a todas ellas por parte de los sindicatos de cada país donde se extiende esta producción. Estamos hablando de unas 6.000 fábricas y talleres en 47 países, con más de 1,5 millones de trabajadores, en los que se producen los más de 1.000 millones de unidades de vestido y calzado que Inditex comercializa cada año.

Un Acuerdo Marco que ya en 2015 ha dejado de ser el único y ha resultado acompañado por el de otra gran multinacional, la sueca H&M, y en 2016 por el de la alemana Tchibo. En estos momentos están abiertas vías de interlocución, y algunas negociaciones, para posibles nuevos Acuerdos Marco con las también españolas MANGO (con preacuerdo ya), EL CORTE INGLÉS y CORTEFIEL, con la japonesa MIZUNO, la británica NEXT, la alemano-belga C&A y la irlandesa PRIMARK. Se echan en falta iniciativas sindicales similares en relación con las grandes marcas estadounidenses (GAP, NIKE, WALMART, …), italianas (BENETTON, ARMANI, GUCCI, PRADA, …), y otras.

Desde CCOO-Industria se ha intervenido también en los ámbitos de multinacionales del metal y la química, con la importante dificultad de que sus cabeceras están mayoritariamente en otros países, con acuerdos que muchas veces excluyen de hecho de su aplicación las actividades subcontratadas, aunque sea en éstas donde se plantean los mayores problemas. Tenemos ya en estos sectores una multinacional de cabecera española, GAMESA, que firmó recientemente un Acuerdo Marco que empieza a dar los primeros pasos.

Otro frente de acción en el que hemos intervenido es el de los derechos de los pueblos indígenas en las zonas de explotación de las industrias extractivas, con una experiencia concreta en relación con las de petróleo y gas de Repsol en las selvas latinoamericanas. Perú, Colombia, Bolivia y Ecuador han sido los países en los que he tenido ocasión de aproximarme a esta cuestión, con la referencia del Convenio 169 de la OIT que establece el derecho de las comunidades indígenas a la “consulta previa” a las labores de exploración y explotación de los recursos naturales. La irrupción de la civilización “moderna”, representada muchas veces por las avanzadillas del alcoholismo, las drogas y la prostitución, plantea complejos problemas cuya respuesta, a través de interesantes iniciativas definidas como “planes de vida”, encuentra serias dificultades para su desarrollo también como consecuencia de los problemas de las comunidades indígenas para articularse como “pueblo indígena” y poder impulsar iniciativas coherentes con suficiente fuerza social, así como por su tampoco fácil interrelación con el sindicalismo y otros movimientos sociales de sus propios países.  

Uno de los frentes en la necesaria acción sindical global se plantea en relación con el comercio mundial, en la exigencia de que los productos objeto del mismo ofrezcan garantías sociales y medioambientales. Y también en relación con el dumping comercial. En 2016 y también en este 2017 se ha producido una movilización sindical denunciando un posible dumping en la venta del acero chino. Problemas similares se suscitaron en los últimos años en relación con las bolsas de plástico vietnamitas y con productos minerales rusos, poniendo de manifiesto que el comercio mundial puede producir intereses parcialmente contrapuestos de los trabajadores de los países compradores y de los de los productores. Corresponde a todos ser conscientes de tal contradicción para no tomar decisiones sin antes contactar con el sindicalismo de la “otra parte”. Las instancias sindicales supranacionales deberían abordarlo con objetivos de mediación partiendo de los intereses sindicales comunes de ámbito global.


Quisiera terminar estas notas, una vez afirmado el interés solidario del sindicalismo del Norte, subrayando la responsabilidad sindical tanto de las estructuras sindicales supranacionales  como de las cabeceras de las multinacionales. Junto con la necesidad y las evidentes posibilidades de acción e intervención sindical desde ese Norte (para lo que alguna muestra de sus posibilidades e interés mi experiencia apunta) cabe señalar los enormes vacíos de iniciativa que en este ámbito aún se detectan. 

viernes, 3 de marzo de 2017

Sindicalismo y medidas antidumping

Las medidas antidumpig son frecuentes en el comercio mundial. En los últimos años algunas de las iniciativas al respecto con mayor eco han sido las tomadas frente al acero chino (también al ruso). No han sido las únicas. Desde EEUU se siguen planteando en relación con las bolsas de plástico fabricadas en Vietnam. No me consta sin embargo que se estén aplicando en relación con las exportaciones subvencionadas del algodón estadounidense (que según los compañeros peruanos hundió el cultivo del algodón y la industria textil de su país).

Ahora son los sindicatos australianos los que se pronuncian de nuevo sobre las exportaciones chinas de acero (http://www.industriall-union.org/es/la-australian-workers-union-llama-a-la-accion-sobre-el-acero-chino). Hace poco se realizó en Bruselas una manifestación sindical en el mismo sentido (http://www.industriall-union.org/es/15000-trabajadores-as-siderurgicos-marchan-para-salvar-el-acero-en-europa).

No estoy en condiciones de tener una opinión clara sobre si existe o no tal dumping y sus entrañas. Es probable que sí exista, como es segura la incidencia de numerosos factores en los precios de los productos objeto del comercio mundial. Unos apuntan a la venta por debajo del precio de coste, otros a que tales precios de coste son resultado de la violación de los derechos fundamentales del trabajo de los trabajadores que los producen.

En todo caso, las medidas que afectan al comercio mundial tienen siempre repercusión sobre las condiciones de empleo y de trabajo de los trabajadores del país productor, y también de los del comprador. Así se justifican los aludidos planteamientos sindicales, incluso contrapuestos, pues evidentemente pueden apuntar a intereses contradictorios de los trabajadores de los dos polos de la relación comercial.

Por ello, cada vez que tengo noticias de planteamientos sindicales de apoyo a medidas antidumping, me pregunto si antes de tomarlos se ha hecho el esfuerzo de contactar con los sindicatos del país productor para analizar el tema y conocer los específicos intereses y derechos de los trabajadores afectados. Esta pregunta va dirigida a los que apoyan las medidas antidumping, pero también y sobre todo a las instancias sindicales supranacionales que tienen la responsabilidad de actuar en función de intereses globales y solidarios de los trabajadores de un ámbito superior al nacional y, cuando existen intereses puntuales contrapuestos, intentar mediar desde la perspectiva de los intereses comunes.

Me consta que en alguna ocasión los sindicatos rusos y vietnamitas han planteado la cuestión cuando se han sentido afectados.


Más allá del apoyo a las posiciones sindicales del país comprador (excepto en el del algodón antes mencionado), no he tenido conocimiento de ninguna iniciativa sindical supranacional intentando asumir intereses sindicales más globales. 

Tampoco en los casos recientes que han suscitado esta nota.